

Los requisitos dependen del tipo de seguro. Generalmente se solicita la identificación de la empresa y de su representante, actividad u objeto del seguro, ubicación, características de los bienes, valores o sumas por asegurar, medidas de seguridad, número de empleados o vehículos, coberturas requeridas e historial de siniestros.
La información debe proporcionarse de manera completa y veraz mediante las solicitudes, cuestionarios y documentos requeridos por la aseguradora, ya que se utiliza para valorar el riesgo y establecer las condiciones de aseguramiento.
Una empresa puede contratar seguros para sus inmuebles, maquinaria, inventarios, equipo electrónico, flotillas, mercancías, responsabilidades frente a terceros, empleados y otros intereses económicos expuestos a un riesgo.
La posibilidad de asegurar cada riesgo depende de que exista un interés asegurable, de las coberturas ofrecidas por la aseguradora y de la aceptación del riesgo conforme a sus políticas de suscripción.
No. Las coberturas, sumas aseguradas, límites, sublímites, deducibles, coaseguros, exclusiones, periodos de espera y requisitos pueden cambiar entre productos y aseguradoras.
La comparación debe considerar la carátula, las condiciones generales, las condiciones particulares y los endosos aplicables. Una prima menor no necesariamente representa el mismo alcance de cobertura.
Sí. La póliza vigente puede utilizarse como referencia para identificar coberturas, sumas aseguradas, límites, deducibles, exclusiones y condiciones actuales.
Sin embargo, deben proporcionarse datos actualizados sobre la actividad, bienes, ubicaciones, valores, vehículos, empleados y siniestros. La presentación de una póliza anterior no obliga a otra aseguradora a conservar las mismas condiciones ni garantiza la aceptación del riesgo.
La prima es determinada por la aseguradora conforme al tipo de seguro, actividad, ubicación, características y nivel de exposición del riesgo, sumas aseguradas, coberturas, deducibles, medidas de seguridad, historial de siniestros y demás criterios técnicos de suscripción.
El importe puede cambiar cuando se modifica la información declarada, las coberturas solicitadas o las condiciones del riesgo.
Es el seguro mediante el cual la aseguradora, hasta el límite de la suma asegurada y conforme a las condiciones de la póliza, cubre la indemnización que el asegurado deba pagar a un tercero como consecuencia de un hecho que cause un daño previsto en el contrato.
Las actividades, responsabilidades, límites, exclusiones y gastos de defensa cubiertos deben revisarse en la póliza correspondiente.
Sí. Una póliza empresarial puede agrupar coberturas para edificios, contenidos, maquinaria, inventarios, equipo electrónico, responsabilidad civil y pérdidas consecuenciales, entre otras.
También pueden contratarse pólizas independientes para flotillas, transporte de mercancías, vida grupo, gastos médicos colectivos y riesgos especiales. Solo se consideran contratadas las coberturas expresamente señaladas en la póliza y sus endosos.
No. Una cotización es una propuesta informativa sujeta a la revisión y aceptación de la aseguradora. No constituye por sí misma una póliza ni acredita que el riesgo se encuentre cubierto.
Antes de considerar contratado el seguro deben confirmarse la aceptación, las coberturas, la suma asegurada, la prima, la vigencia y las demás condiciones aplicables.
Sí. Pueden solicitarse cotizaciones para empresas y bienes ubicados en la Ciudad de México o en cualquier parte del pais si la empresa tuviera sucursales sin problema se pueden asegurar. La aseguradora evaluará la actividad, ubicación, características del riesgo, coberturas requeridas y documentación proporcionada.
La solicitud de cotización está sujeta a los requisitos y criterios de aceptación de cada aseguradora y no garantiza la emisión de la póliza.
Sí. Es posible solicitar el aseguramiento de una empresa cuya oficina matriz se encuentre en la Ciudad de México y que tenga sucursales, almacenes, plantas u otros establecimientos en distintas ciudades o estados del país.
Para cotizar deben declararse todas las ubicaciones, actividades, características de los inmuebles, bienes y valores por asegurar correspondientes a cada establecimiento. Dependiendo del tipo de riesgo y de los criterios de suscripción, la aseguradora podrá integrar las ubicaciones en una sola póliza o requerir condiciones, coberturas o pólizas específicas.
La inclusión de cada ubicación estará sujeta a evaluación y aceptación de la aseguradora. Una sucursal no se considera asegurada por el solo hecho de que la oficina matriz aparezca en la póliza; debe quedar expresamente identificada o amparada conforme a las condiciones del contrato.


